Funciones Generales

Como funciones generales a cargo del Fondo de Vivienda, el Acuerdo 37 de 1991, estableció, entre otras:

  • Adquirir tierras mediante enajenación voluntaria o expropiación, con el fin de ejecutar los programas de vivienda de interés social;
  • Arrendar o permutar las tierras que adquiera o recupere o convenir con terceros el mejor aprovechamiento económico y social mientras se le da el uso definitivo;
  • Proteger las tierras que adquiera o recupere de cualquier ocupación de hecho o perturbación y adelantar oportunamente las acciones civiles, penales o policivas necesarias para el restablecimiento de su posesión o mera tenencia.
  • Programar y ejecutar obrar o inversiones públicas destinadas a rehabilitar y mejorar o reubicar asentamientos humanos, urbanos, suburbanos, veredas o corregimientos;
  • Implementar la legalización y titulación de los barrios subnormales;
  • Programar y ejecutar planes de vivienda de interés social;
  • Asociarse con otras persona naturales o jurídicas para la ejecución de proyectos y planes de inversiones de interés social;

Imprimir   Correo electrónico