Funciones Generales
Como funciones generales a cargo del Fondo de Vivienda, el Acuerdo 37 de 1991, estableció, entre otras:
- Adquirir tierras mediante enajenación voluntaria o expropiación, con el fin de ejecutar los programas de vivienda de interés social;
- Arrendar o permutar las tierras que adquiera o recupere o convenir con terceros el mejor aprovechamiento económico y social mientras se le da el uso definitivo;
- Proteger las tierras que adquiera o recupere de cualquier ocupación de hecho o perturbación y adelantar oportunamente las acciones civiles, penales o policivas necesarias para el restablecimiento de su posesión o mera tenencia.
- Programar y ejecutar obrar o inversiones públicas destinadas a rehabilitar y mejorar o reubicar asentamientos humanos, urbanos, suburbanos, veredas o corregimientos;
- Implementar la legalización y titulación de los barrios subnormales;
- Programar y ejecutar planes de vivienda de interés social;
- Asociarse con otras persona naturales o jurídicas para la ejecución de proyectos y planes de inversiones de interés social;